México contará con siete días de descanso obligatorio en 2026, establecidos en la Ley Federal del Trabajo (LFT), en los cuales las actividades laborales se suspenden de manera obligatoria con pago conforme a la normativa vigente.
El lunes 2 de febrero se otorgará como día de descanso en conmemoración del Día de la Constitución Mexicana, recordando la promulgación de la Carta Magna el 5 de febrero de 1917.
En marzo, la LFT contempla un puente al programar como descanso obligatorio el lunes 16 en conmemoración del natalicio de Benito Juárez, cuya fecha original es el 21 de marzo. Más adelante, el viernes 1 de mayo será día de descanso obligatorio con motivo del Día del Trabajo, considerado uno de los feriados más relevantes del calendario laboral.
Durante septiembre, el miércoles 16 se mantendrá el descanso por el Aniversario de la Independencia de México, y en noviembre se otorgará descanso el lunes 16 en conmemoración del Día de la Revolución Mexicana, cuya fecha oficial es el 20 de noviembre. Finalmente, el viernes 25 de diciembre marcará el cierre del año con la celebración de Navidad.
Aunque se ha discutido la posibilidad de que fechas relacionadas con la inauguración del Mundial de Fútbol 2026, como el 11 de junio, se consideren días de descanso en algunos ámbitos o regiones, hasta el momento no existe una confirmación oficial al respecto ni se han publicado disposiciones específicas al respecto por parte de las autoridades federales o locales.
Este calendario de días de descanso obligatorio permite a las personas trabajadoras planear con antelación sus actividades, descansos y posibles fines de semana largos durante 2026, en conformidad con lo dispuesto por la Ley Federal del Trabajo.