El pleno del ITEI requirio al Ayuntamiento de Chapala se otorgue información solicitada por un particular o en su caso se modifique y fundamente la negativa.
Por unanimidad el Pleno del Consejo del Instituto de Transparencia e Información Pública del Estado de Jalisco (ITEI), resolvió como fundado el recurso de revisión 1632/2018 en contra del sujeto obligado municipio de Chapala.
De acuerdo a la sesión celebrada el pasado miercoles, el Ayuntamiento de Chapala ha sido omiso en otorgar información respecto a la solicitud hecha por un particular. En dicha petición se desprende que el Ayuntamiento nego otorgar información a un particular de un recibo del 14 de Agosto del 2013. Por lo que el sujeto obligado deberá entregar y/o fundamentar la negativa a entregar dicha información.
De acuerdo al recurso 1632/2018 el quejoso requirió al sujeto obligado para que entregara datos sobre un recibo del año 2013, sobre funcionario que emitió el recibo, nombre de la persona beneficiada, domicilio y cantidad.
En la sesión efectuada el 14 de Noviembre, el Pleno del Consejo del ITEI, también resolvió dictámenes concernientes a este rubro a los municipios de San Juan, Puerto Vallarta, Ahualulco y Unión de Tula.